Alumni UAM – Coopera

Normas del Programa Coopera

La asistencia a clase y a las actividades académicas complementarias (conferencias, talleres o clases de idiomas) es obligatoria, requiriéndose puntualidad por parte de los estudiantes. El cumplimiento de esta obligación será determinante a la hora de elegir empresa para la realización de las prácticas.

Los alumnos deberán tener una participación activa en las actividades académicas que ayuden a completar su formación. Esta participación necesitará la aprobación de la Dirección de COOPERA.

Respecto a las clases teóricas:

Los estudiantes deberán cumplir una serie de normas para el buen funcionamiento de las clases teóricas:

  1. Uso correcto de las instalaciones en las que se desarrollan las clases, así como del resto de infraestructuras y recursos que la Facultad pone a su disposición, confiando en su sentido del deber y la responsabilidad.
  2. Los estudiantes han de aplicarse en las tareas que se les encomiendan y mantener contacto con sus tutores académicos, en la forma que éstos le indiquen.
  3. Actitud de respeto y tolerancia hacia la comunidad universitaria: compañeros, profesores y personal de las entidades colaboradoras o que presten servicios en la Universidad.
  4. Los estudiantes deberán abstenerse de utilizar o cooperar en procedimientos fraudulentos en las pruebas de evaluación, en los trabajos que se realicen o en documentos oficiales de la Universidad.

Aquellos estudiantes que no cumplan las anteriores normas y requerimientos serán invitados a incorporarse a otros grupos de clase distintos a los de COOPERA.

Respecto a las prácticas:

  1. La pertenencia al Programa Coopera conlleva la realización de dos periodos de prácticas en tercer y cuarto curso a tiempo completo en las empresas adheridas al mismo.
  2. El estudiante elegirá, por orden de preferencia, las entidades donde le gustaría realizar sus prácticas y la asignación a la misma dependerá de la demanda de la misma práctica y el ranking ocupado (expediente académico y otros méritos aportados en la solicitud).
  3. La realización de la práctica conlleva el abono de una dotación económica a la que se le realizan las retenciones correspondientes al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Esta ayuda económica será abonada en el número de cuenta bancaria aportado por el estudiante. Cualquier variación de datos ha de ser informada a la Secretaría del Programa. Son, por tanto, prácticas retribuidas.
  4. El programa de prácticas no derivará, en ningún caso, obligaciones propias de una relación laboral, ni con la empresa receptora ni con la Universidad. La empresa en la que se realizan las prácticas no tiene obligación alguna de contratar a los estudiantes.
  5. Los estudiantes han de presentarse en la empresa en fecha y lugar indicado. Se cumplirán los horarios y normas establecidas por la compañía en la que se desarrollará el periodo de prácticas.
  6. Los estudiantes han de aplicarse con toda la diligencia a las tareas que se les encomienden y mantener contacto con sus tutores empresariales, siguiendo los métodos indicados por los docentes.
  7. Las prácticas serán objeto de evaluación continua por parte del tutor empresarial, quien realizará informes de evaluación sobre el desempeño de cada período de prácticas.
  8. Podrá anularse la estancia en prácticas si se incumplen gravemente o de manera continuada sus obligaciones en la realización de las prácticas en la empresa o no se aprovecha la formación práctica.
  9. Los estudiantes guardarán absoluta discreción acerca de la información manejada en la empresa que forme parte del secreto profesional de la misma. A estos efectos, la empresa puede solicitar al estudiante en el momento de su incorporación la firma de un documento sobre confidencialidad y seguridad de la información.
  10. En caso de incidencia personal (problemas familiares, enfermedad, etc.…), el estudiante debe comunicarlo de manera inmediata al tutor empresarial asignado, así como a la Dirección del Programa.
  11. Los estudiantes contarán, además, con un tutor académico que les indicará las pautas para el seguimiento de las prácticas. Corresponde al estudiante ponerse en contacto con el tutor una vez que éste haya sido asignado.
  12. Al finalizar el periodo de prácticas, el estudiante tendrá que elaborar una memoria de prácticas siguiendo las indicaciones que le proporcionará el Programa. La memoria será entregada al tutor académico encargado, junto a los informes que el tutor empresarial realizará sobre el desempeño del estudiante en su periodo de prácticas.
  13. La realización de las prácticas exige una indumentaria acorde con los requisitos de las empresas y su imagen, por tanto, ha de evitarse el uso de vestimentas que puedan considerarse inadecuadas en el ambiente de trabajo.
  14. La renuncia a las prácticas supone la salida del estudiante del Programa de Cooperación Educativa. El no cumplimiento o aceptación de estas normas podría suponer la no continuidad del estudiante en Coopera.